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Según el REGLAMENTO TÉCNICO ADMINISTRATIVO, capítulo IV –
Constitución y régimen orgánico integración y autoridades:
Artículo 16, "la Presidencia de la C.T.M. será desempeñada por períodos semestrales, en forma
alternada y rotativa, por un representante de cada Delegación..." "Lo mismo ocurrirá con la Secretaría,
en forma tal que, cuando la Presidencia corresponda a una Delegación, la Secretaría sea
desempeñada por un miembro de la otra. Igual procedimiento se seguirá para designar al Vicepresidente
y al Prosecretario, los que deberán ser de la misma Delegación a la que pertenezcan,
respectivamente, el Presidente y el Secretario de la C.T.M."
Actualmente la Delegación Argentina preside la CTM durante los primeros seis meses del año, desempeñando la
presidencia en los últimos seis meses la Delegación Uruguaya.
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